Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 26 De 1944

Artículo 1

Crease en el distrito judicial de Pereira un juzgado promiscuo del circuito integrado por los municipios de Belén de Umbría, que será su cabecera, y el de Mistrató. Dicho Juzgado tendrá el personal y asignaciones de los de su clase en el Distrito Judicial de Pereira, al cual pertenecerá el nuevo circuito.

Artículo 2

1 inciso

Crease el Circuito Notarial de Génova, formado por este municipio, en el departamento de caldas.

Artículo 3

1 inciso

Esta ley regirá desde su promulgación.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara De Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno