Artículo 1
El gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Agricultura, y en coordinación con los Institutos de Investigaciones Tecnológicas, de Fomento Industrial , Nacional de abastecimientos (INA), así como de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero y demás entidades que juzgue necesarias, iniciará, a partir del próximo año una campaña de fomento del cultivote la guayaba y de su industrialización, principalmente en los Municipios de Vélez , Puente Nacional, Barbosa, Guavatá, San Gil y Mogotes, del Departamento de Santander, y Moniquirá del Departamento de Boyacá.
, asimismo, el Gobierno Nacional podrá fomentar este cultivo y su industrialización en otras zonas del País que la técnica aconseje.