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Ley 99 De 1962

Artículo 1

1 inciso1 parágrafo

Crease en el Municipio de Ataco, Departamento del Tolima, un colegio nacional de segunda enseñanza para varones que se denominara "Instituto Martin Pomada".

Parágrafo

El Ministerio de Educación Nacional podrá organizar los recursos de enseñanza primaria que considere del caso, como anexos al mismo Instituto.

Artículo 2

1 inciso

Crease una escuela vocacional agrícola en el Municipio de Chaparral, Departamento del Tolima.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley rige desde su promulgación.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional