Artículo 1
Abrense, con imputación al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia fiscal de 1920, los créditos adicionales que en seguida se indican:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Congreso Nacional .
Cámara de Senado .
ARTICULO1o. Para cubrir las dietas de los Senadores y los sueldos de los empleados de la Secretaria de dicha Cámara, en treinta días de sesiones extraordinarias, del diez y ocho de octubre al diez y seis de noviembre de 1920, así:
ARTICULO 2o. Para cubrir las dietas de noventa y dos Representantes y los sueldos de los empleados de la Secretaria de dicha Cámara, en treinta días de sesiones extraordinarias, del diez y ocho de octubre al diez y seis de noviembre de 1920, así:
Gastos de representación y viáticos.
Articulo 3° Para gastos de representación y viáticos de venida y regreso de los miembros del Congreso que no asistieron a las sesiones ordinarias y que
Gastos varios .
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO
Lazareto de Agua de Dios .
Vigencias anteriores .
Articulo 719. Para pagar saldos pendientes de vigencias anteriores a los Lazaretos de Agua de Dios y Contratación. 4.641
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Ferrocarriles .
Carreteras y caminos de herradura