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Ley 55 De 1911

Artículo 1

1 inciso

La compra se hará por el avaluó que los terrenos den los peritos nombrados uno por el Gobierno, otro por el representante de la familia del señor General Pinzón, y un tercero nombrado por el Gobierno de Boyacá.

Artículo 2

La partida necesaria para dar cumplimiento a esta Ley se considerara incluida en el Presupuesto de gastos del año próximo.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda