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Articulado completo

Ley 68 De 1986

Aprueba

El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:

Artículo 1

6 incisos

Apruébase el "Tratado de Extradición entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América", firmado en Washington el 14 de septiembre de 1979, cuyo texto es:

TRATADO DE EXTRADICION ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA

El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América; Animados por el deseo de hacer más eficaz la cooperación entre los dos Estados para la represión de delitos; y

Animados por el deseo de concertar un nuevo Tratado para la recíproca extradición de delincuentes;

Han convenido lo siguiente:

Artículo 8

1 inciso2 numerales2 literales

Extradición de nacionales.

1

Ninguna de las Partes Contratantes estará obligada a entregar a sus propios nacionales, pero el Poder Ejecutivo del Estado requerido podrá entregarlos si lo considera conveniente. Sin embargo, se concederá la extradición de nacionales, de conformidad con las disposiciones del presente Tratado, en los siguientes casos:

a

Cuando el delito comprenda actos que se hayan realizado en el territorio de ambos Estados con la intención de que sea consumado en el Estado requirente; o

b

Cuando la persona cuya extradición se solicita haya sido condenada en el Estado requirente por el delito por el cual se solicita la extradición.

2

Si la extradición no se concede de conformidad con el párrafo 1 de este Artículo, el Estado requerido someterá al caso a sus autoridades judiciales competentes con el objeto de iniciar la investigación o para adelantar el respectivo proceso, siempre que el Estado requerido tenga jurisdicción sobre el delito.

Artículo 2

1 inciso

, del 30 de noviembre de 1944, en relación con el Tratado que por esta misma Ley se aprueba.

Firmas

El Presidente del Senado de la República
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado de la República
El Secretario General de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno, Delegatario de Funciones Presidenciales
El Ministro de Relaciones Exteriores, Encargado
El Ministro de Justicia
El Ministro de Gobierno, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia