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Ley 12 De 1976

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la celebración del Bicentenario del Municipio de El Peñol y del Centenario del Municipio de San Luis, ambos del Departamento de Antioquia.

Artículo 2

1 inciso2 literales

Para contribuir al desarrollo socioeconómico de dichos Municipios destínanse las siguientes sumas:

a

Tres millones de pesos ($ 3.000.000) para el Municipio de El Peñol, y

b

Dos millones de pesos ($ 2.000.000) para el Municipio de San Luis.

Artículo 3

1 inciso

Las sumas que se destinan por el artículo anterior se girarán a los respectivos Tesoreros Municipales y su inversión se hará por los Concejos Municipales siguiendo necesaria y estrictamente los programas que, para el efecto, elabore la Oficina de Planeación del Departamento de Antioquia.

Artículo 4

1 inciso

Facúltase al señor Presidente de la República para hacer los traslados presupuestales que el cumplimiento de esta Ley exija.

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley regirá desde su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público