Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 73 De 1937

Artículo 1

1 inciso

El Colegio Antonio Ricaurte , fun

Artículo 2

1 inciso

El Gobierno reglamentará el funcionamiento del Colegio, sin necesidad de sujetarse a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 81 referida.

Artículo 3

1 inciso1 parágrafo

El Colegio funcionará en la casa donde nació el doctor Enrique Olaya Herrera, mandada comprar por la Ley 33 de 1937 , y en sus dependencias se establecerá la biblioteca y el museo ordenado en esa Ley.

Parágrafo

Igualmente queda facultado el Gobierno para establecer en dicho inmueble una escuela o taller de enseñanza gratuita de artes y oficios para obreros.

Artículo 4

1 inciso

Quedan así reformadas las Leyes 81 de 1912 y 33 de 1937.

Artículo 5

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional