Artículo 1
Artículo lº Con el fin. de contribuir a la electrificación del Municipio de Pereira y zonas vecinas que. puedan beneficiarse de la misma, la Nación se hace cargo de pagar la totalidad de la deuda-contraída por el Municipio de Pereira, la Junta Constructora de las Centrales Eléctricas de Pereira y las Empresas Municipales de Pereira, con el. Fondo de Estabilización. Banco de la República, deuda cuyo servicio está actualmente a cargo del establecimiento público autónomo denominado "Empresas Públicas de Pereira ", y cuyo principal asciente en 31 de julio de 1960 a la suma de setecientos mil pesos ($ 700.000.00). Las obligaciones respectivas constan en las escrituras públicas: número 321 de 29 de enero de 1952, otorgada en. la Notaría Séptima del Circuito de Bogotá; número 3920 de 15 de junio de 1954, otorgada en la Notaría Segunda del mismo Circuito; número 416 de 17 de febrero de 1959. otorgada en la Notaría Primera del Circuito de Pereira, y en los pagarés emitidos con base en las citadas escrituras.