Artículo 1
1 incisoderoga ley 79/48
Derogase el articulo 1º y parágrafo de la Ley 79 de 1948 (diciembre 10), "por la cual se crea la 'prima de alimentación' para los guardianes y empleados de penitenciarias y cárceles nacionales…", y el Decreto 1822 de 1957 "por el cual se dicta una norma sobre prima de alimentación".