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Ley 25 De 1879

Artículo 1

1 inciso2 numerales

° El Gobierno de la Union mantendrá las siguientes líneas de correos:

1

De Honda al Espinal, que jirará semanalmente, tocando en Ambalema i Piedras.

2

De Neiva a Garzón, que jirará semanalmente, tocando en Campoalegre, El Hobo i Jigante.

Artículo 2

1 inciso

Igualmente contratará la construcción de una línea telegráfica que comunique la ciudad de Popayán con la de Neiva.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario de Guerra i Marina