Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 12 De 1960

Artículo 1

1 inciso

La Nación auxilia con la suma de setecientos cuarenta y nueve mil ciento veintiún pesos ($ 749.121.00) moneda corriente para el pago de las obligaciones que la Universidad del Cauca tiene pendientes con el Banco Central Hipotecario, según escritura pública número 769, de 19 de agosto de 1955, otorgada en la Notaría Segunda del Circuito de Popayán (contrato de hipoteca), y documento privado número 7132, suscrito en Popayán el 6 de abril de 1959, proveniente de empréstitos invertidos en la construcción de los edificios de las Facultades de ingeniería (laboratorios) y Medicina (anfiteatro).

Artículo 2

1 inciso

Queda autorizado el Gobierno Nacional para abrir el crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos, y Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal, para dar cumplimiento a la presente Ley, en caso de que el Congreso no incluya la partida respectiva.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario General de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional