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Ley 39 De 1920

Artículo 1

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

Crease en la Facultad de Medicina la enseñanza de comadronas y enfermeras.

Artículo 2

1 inciso

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

Destinase para los gastos que esto ocasione la suma de hasta tres mil pesos ($ 3.000) anuales.

Artículo 3

1 inciso

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

El Poder Ejecutivo reglamentara la presente Ley.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública