Artículo 1
1 inciso
El impuesto a que se refiere la Ley 34 de 1932 se dedicará, exclusivamente, a la adquisición de terrenos para escuelas, construcciones escolares y dotación de los establecimientos respectivos.
Ley 72 De 1966
El impuesto a que se refiere la Ley 34 de 1932 se dedicará, exclusivamente, a la adquisición de terrenos para escuelas, construcciones escolares y dotación de los establecimientos respectivos.
La Contraloría Municipal Vigilará El Estricto Cumplimiento De Esta Inversión
La Contraloría Municipal vigilará el estricto cumplimiento de esta inversión
Deróganse Los Artículos 7º
y 17 de las Leyes 147 y 48 de 1960 y 1947, respectivamente, y las disposiciones que le sean contrarias.
Esta Ley regirá desde su sanción.