Artículo 1
La Republica honra la memoria del doctor Raimundo Rivas y señala el ejemplo de su laboriosidad y patriotismo como digno de ser imitado por las nuevas generaciones.
Ley 158 De 1948
La Republica honra la memoria del doctor Raimundo Rivas y señala el ejemplo de su laboriosidad y patriotismo como digno de ser imitado por las nuevas generaciones.
Un retrato al óleo del doctor Rivas será colocado en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Gobierno adquirirá por compra a los herederos del doctor Rivas la propiedad de la obra que dejo inédita, titulada Historia Diplomática de Colombia, 1810- 1834, la cual será publicada oficialmente, previo concepto de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores y de la Academia Colombiana de Historia.
Destinase la suma de veinte mil pesos ($20.000) para el cumplimiento de esta Ley, que será incluida en el Presupuesto de Gastos, quedando autorizado el Órgano Ejecutivo para hacer las apropiaciones o traslados necesarios si no se hiciere tal inclusión, para obtener la oportuna ejecución de lo ordenado.
Esta Ley regirá desde su sanción.