Artículo 1
Declárase vía nacional de urgente terminación, el camino de herradura, sobre trazado de carretera que, partiendo del Municipio de Muzo, comunique esta región con el ferrocarril central del Norte en la ciudad de Chiquinquirá, y para cuya construcción se invertirá la suma anual de cincuenta mil pesos ($ 50,000), hasta su terminación, que deberán ser incluidos en las respectivas Leyes de Apropiaciones, a partir de la presente vigencia.