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Ley 54 De 1925

Artículo 1

1 inciso

Honrase la memoria del Ilustrísimo y Reverendísimo señor doctor Carlos Bermúdez, Obispo que fue de Popayán; reconocen se los grandes servicios que le presto a la Patria, con su labor educacionista, por la elevación de aquella alma, su austeridad y pureza de vida, el vigor de su fe y el apostólico temple para defenderla y servirla.

Artículo 2

1 inciso

Se asocia a la conmemoración centenaria del natalicio del Ilustrísimo señor doctor Carlos Bermúdez, que proyecta celebrar la Arquidiócesis de Popayán el 4 de noviembre de 1926.

Artículo 3

1 inciso

El Congreso de Colombia nombrara oportunamente una comisión que lo represente en las ceremonias conmemorativas a su virtuoso y heroico pastor que prepara la Arquidiócesis de Popayán en homenaje a su virtuoso y heroico pastor.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
EL MINISTRO DE GOBIERNO