Artículo 1
Señálense las siguientes asignaciones mensuales, a los empleados dependientes del ramo de Prisiones del Ministerio de Gobierno, que a continuación se determinan:
Un Director de la Cárcel del Distrito Judicial de Bogotá, $230.00
Un Subdirector de la Cárcel del Distrito Judicial de Bogotá, $ 170.00
Quince Directores de Cárceles de Circuito de primera categoría, cada uno $ 120.00
Veintiún Directores de Cárceles de Circuito de segunda categoría, cada uno $ 110.00
Setenta y cuatro Directores de Cárceles de Circuito de tercera categoría, cada uno $ 100.00
Veintidós Inspectores de Vigilancia, cada uno $ 120.00
Treinta y dos Subinspectores de Vigilancia, cada uno $ 100.00
Novecientos dos Guardianes, cada uno $ 90.00
Jefe de Vigilancia del Reformatorio de Fagua, $ 130.00
Diez y siete Vigilantes de los Reformatorios Nacionales y del Juzgado de Menores, cada uno $ 90.00
Veintitrés celadoras de establecimientos de detención, reforma y pena, cada una $ 75.00