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Ley 25 De 1962

Artículo 1

1 inciso

Concédese un auxilio de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00) moneda legal a la Escuela Normal Antioqueña de Señoritas que funciona en la ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia.

Artículo 2

1 inciso

El auxilio de que trata el artículo anterior será incluido en el Presupuesto para la próxima vigencia, y, si fuere necesario, será incluido también, en la cuantía en que no hubiere sido cubierto, en los Presupuestos de las vigencias posteriores; pero en el caso de que eso no se hiciere, se autoriza al Gobierno Nacional para abrir los créditos, hacer los traslados o efectuar los contracréditos correspondientes, al efecto de dar estricto cumplimiento a esta Ley.

Artículo 3

1 inciso

Esta ley regirá desde su Promulgación.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado
El Ministro de Educación Nacional