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Ley 12 De 1917

Artículo 1

1 inciso

Artículo único. Tan pronto como sean aprobados los planos y presupuestos de la Carretera Central en la parte relativa a Santander, el Gobierno procederá a hace verificar el trazado y demás estudios técnicos del ramal de carretera a Bucaramanga.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas