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Ley 12 De 1916

Artículo 1

1 inciso

y recomienda su memoria a la posteridad.

Artículo 2

Copia auténtica de esta Ley se enviará, con

nota de estilo, a la familia del finado.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno