Artículo 1
1 inciso
Art. 1.° El Congreso nacional reconoce la importancia de los servicios prestados a la causa de la independencia nacional por el Coronel Pedro Antonio-García.
Ley 53 De 1880
Art. 1.° El Congreso nacional reconoce la importancia de los servicios prestados a la causa de la independencia nacional por el Coronel Pedro Antonio-García.
Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá, 3 De Julio De 1880
Art. 2.° Concédese a su hija Bárbara una pension de setenta pesos mensuales, abonable desde la sancion de esta lei, que le será cubierta en los términos que la lei fija para las de los militares de la Independencia o como asimilados a ellos.