Artículo 1
1 inciso
Autorizase al Gobierno para que adhiera, en nombre de la República, de manera definitiva, al Tratado sobre Derecho Civil Internacional, firmado en el Congreso Internacional Suramericano de Montevideo en 12 de febrero de 1889.
Ley 40 De 1933
Autorizase al Gobierno para que adhiera, en nombre de la República, de manera definitiva, al Tratado sobre Derecho Civil Internacional, firmado en el Congreso Internacional Suramericano de Montevideo en 12 de febrero de 1889.
Igualmente se autoriza al Gobierno de la República para que adhiera, en las mismas condiciones, al Tratado de sobre Derecho Comercial Internacional, firmado asimismo en Montevideo el 12 de febrero de 1889.