Artículo 1
1 inciso
La pensión de que disfruta el Teniente Coronel Francisco Giraldo, Prócer de la Independencia, pasará por partes iguales, después de su fallecimiento, á su hija Francisca, viuda de Juan C. Aguilar, y á su nieta Magdalena Aguilar Giraldo, por haber contraído matrimonio Camila Escobar Giraldo.