Artículo 1
Guzmán
1 inciso
Artículo único. Concédese, por una sola vez, á la señora Doña Sinforosa Lineros la recompensa de dos mil quinientos pesos ($ 2,500) á que tiene derecho de conformidad con los artículos 295 y 298 de la Ley 153 de 1887 , como hija legitima del Coronel de la Independencia Sr. Ramón Lineros, la que será pagada íntegramente y en moneda legal.