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Ley 96 De 1963

Artículo 1

1 inciso

Destínase la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00), para la reconstrucción, terminación y ampliación del acueducto de Fredonia.

Artículo 2

1 inciso

El auxilio ordenado en el artículo anterior será entregado directamente al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Fredonia a la construcción de dicha obra.

Artículo 3

1 inciso

Facúltase al Gobierno Nacional para hacer las apropiaciones presupuestales o traslados indispensables, con el fin de dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Fomento