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Ley 108 De 1873

Artículo Único

1 inciso

Art. Único. Apruébase el contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo i Nicolas Pereira Gamba, en 6 de noviembre de 1872, sobre concesión de la garantía del siete por ciento a los capitales que se inviertan en la construcción de una vía férrea que ponga en comunicación el alto con el bajo Magdalena, i en la de un puente colgante sobre el río de este nombre.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Unión
El Secretario de Hacienda i Fomento