Artículo 1
000.000.00) su aporte en el Instituto de Crédito Territorial con destino a la construcción de viviendas para los afiliados a organizaciones sindicales de periodistas que tengan personería jurídica.
Podrán ser beneficiarios del presente plan de vivienda, únicamente los periodistas que acrediten estar afiliados a una entidad de carácter nacional, haber ejercido la profesión por un mínimo de tres (3) a\os consecutivos y que demuestren tener contrato de trabajo, refrendado por el Ministerio del ramo.