Artículo 1
1 inciso
La designación de las vias de comunicacion a que se refiere el artículo 5.° de la lei de 24 de mayo de 1869, corresponde al Poder Ejecutivo nacional, de acuerdo con el respectivo Estado.
Ley 71 De 1873
La designación de las vias de comunicacion a que se refiere el artículo 5.° de la lei de 24 de mayo de 1869, corresponde al Poder Ejecutivo nacional, de acuerdo con el respectivo Estado.
Julio E. Pérez
Art. único. La designación de las vias de comunicacion a que se refiere el artículo 5.° de la lei de 24 de mayo de 1869, corresponde al Poder Ejecutivo nacional, de acuerdo con el respectivo Estado.