Artículo 1
Por muerte de la señora Francisca Giraldo, la pensión de treinta pesos ($30) de que gozaba como hija del prócer de la Independencia, General Francisco Giraldo, Edecán del Gran Córdoba, pasara a sus sobrinas Magdalena Aguilar Giraldo, Rebeca y Sixta Giraldo, nietas del enunciado General Francisco Giraldo.