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Ley 8 De 1992

Artículo 1

1 inciso

º Apruébase el Acuerdo sobre el Sistema Global de Preferencias Comerciales entre Países en Desarrollo, suscrito en Belgrado el 13 de abril de 1988.

Artículo 2

1 inciso

º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7 de 1944 , el Acuerdo sobre el Sistema Global de Preferencias Comerciales entre Países en desarrollo suscrito en Belgrado el 13 de abril de 1988, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional.

Artículo 3

2 incisos

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a los... días del mes des. . . de mil novecientos noventa y de (1992).

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República