Artículo 1
Nacionalízase el Colegio "Antonio'Náriño" y.la Normal Rural que para Varones funciona en Moniquirá y la Normal de Señoritas; de Guicán.
Ley 153 De 1961
Nacionalízase el Colegio "Antonio'Náriño" y.la Normal Rural que para Varones funciona en Moniquirá y la Normal de Señoritas; de Guicán.
Cón el fin: indicado en el artículo anterior, la Nación tomará a su cargo las construcciones, terminación de las yá existentes, y las reconstrucciones indispensables para los locales de dichos institutos así cómo la orientación y provisión de los profesores necesarios para la formación de los educandos.
Créanse bajo la dependencia del Ministerio de Educación Nacional sendas escuelas vocaciones agrícolas en los Municipios boyacenses de- Otanche Chitaraque y Cómbita.
El Ministerio de Educación Nacional procederá a construir préferencialmente una concentración escolar en el sector urbano de Cómbita ('Boyacá), de acuerdo con la planeación que haya previsto o que contemple en el futuro próximo.
El Gobierno Nacional incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia las partidas necesarias para el cumplimiento de esta Ley, y en caso de no .hacerlo, queda facultado para abrir los créditos y hacer los traslados de rigor en orden a satisfacer lo mandado en esta disposición.
El Ministerio de Educación Nacional dispondrá lo pertinente en cuanto a planeación de construcciones, organización y funcionamiento de los citados institutos vocacionales en concordia, si fuere del caso, con el Ministerio de Agricultura y la Caja de Crédito Agrario.
El Gobierno Nacional determinará la forma y modalidad de las inversiones respectivas.
Esta Ley regirá desde su sanción.