Artículo 1
Desde la vigencia de la presente Ley la Comisaria Especial de La Goajira se compondrá de tres Municipios: el de Oriente, con los Corregimientos de Castilletes y Nazaret, con cabecera en Castilletes; el de Occidente, con los Corregimientos de San Antonio, El Pájaro y Carrizal, con cabecera en San Antonio, y el del Sur, con los Corregimientos de Carraipía y Soldado, con cabecera en Maicao.
El Gobierno Nacional en decreto reglamentario fijará de modo preciso los límites de los Municipios anteriores y dictará todas las medidas tendientes al funcionamiento regular de los expresados Municipios.