Artículo 1
1 inciso
Legalízase el pago de la suma de tres mil doscientos cincuenta pesos ($ 3,250) moneda corriente, hecho por el Ferrocarril Central del Norte, sección primera, al doctor Carlos Ramírez, por sueldo y alimentación desde septiembre de 1925 hasta septiembre, inclusive, de 1926, como Ingeniero de la mencionada Empresa, en cuyo servicio adquirió la enfermedad que dio lugar a tal gasto.