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Ley 24 De 1896

Artículo 1

1 inciso

Por administración, ó de la manera como lo estime más conveniente el Poder Ejecutivo, se procederá á la pronta reparación de la Fortaleza denominada "San Sebastián de Pastelillo," situada en la bahía de Cartagena, bajo la inspección del Gobernador de Bolívar.

Artículo 2

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Septiembre 30 De 1896

2 incisos

Destinase hasta la cantidad de cuarenta mil pesos ($ 40,000) para los gastos que se originen en la ejecución de esta obra, cuya erogación se hará por cuotas mensuales que no excedan de cinco mil pesos ($ 5,000) cada una.

Esta suma se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República