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Ley 53 De 1943

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia al primer centenario de la ciudad de Neira, en el departamento de Caldas, que se celebrara el 1° de enero de 1945, de conformidad con la ordenanza número 18, expedida por la honorable Asamblea de Caldas.

Artículo 2

1 inciso

Como homenaje a la ciudad de Neira en la fecha de su primer centenario, la Nación contribuye con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00), que se invertirán en la construcción de la plaza de mercado.

Artículo 3

1 inciso

La suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) que se vota por esta Ley, se incluirá precisamente en el presupuesto de la próxima vigencia, y esa cantidad será entregada al Municipio de Neira para su inversión.

Artículo 4

1 inciso

Igualmente la Nación se asocia al centenario de la población de Tamalameque, en el Departamento del Magdalena, próximo a celebrarse, y destina la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.00) para construir en dicha población una casa de Gobierno Municipal, una plaza de mercado y terminación del hospital que se construye en la actualidad.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social