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Ley 152 De 1963

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia complacida a la celebración del IX Congreso de la Asociación Panamericana de Otorrinolaringología y Bronco-Esofagología, que se reunirá en la ciudad de Bogotá, D. E., durante los días comprendidos entre el 23 al 28 de febrero de 1964.

Artículo 2

1 inciso

Con destino a la preparación, reunión y desarrollo del IX Congreso a que se refiere el artículo anterior, auxíliase a la Sociedad Colombiana de Otorrinolaringología y Bronco-Esofagología, con sede en Bogotá, con la cantidad de cien mil pesos ($ 100.000.00) para atender a esos gastos.

Artículo 3

1 inciso

Para dar cumplimiento a la presente Ley, autorízase al Gobierno Nacional para que inmediatamente después de sancionada, y con el fin de que su efectividad sea oportuna, abra los créditos necesarios o haga los traslados indispensables en el Presupuesto de Gastos de la cursante vigencia fiscal.

Artículo 4

Esta Ley Regirá Desde Su Sanción

1 inciso

La Sociedad Colombiana de Otorrinolaringología y Bronco-Esofagología, con sede en Bogotá, rendirá cuentas a la Contraloría General de la República, y ésta supervigilará la inversión del auxilio que por la presente Ley se decreta. Artículo 5°. Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
EL Ministro de Salud Pública