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Ley 24 De 1879

Artículo 1

1 inciso

Artículo único. Asígnase al Sarjento-mayor Ceferino Návas una pensión de cuarenta pesos ($ 40) mensuales, que se pagará como las de los militares de la Independencia.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional