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Ley 71 De 1927

Artículo 1

1 inciso

Por la Caja del Ferrocarril de Girardot se seguirán haciendo los gastos que sean necesarios para la continuación de los trabajos del puente de Girardot sobre el río Magdalena, aunque dichos gastos superen a las apropiaciones hechas para aquella obra.

Artículo 2

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas