Artículo 1
La Nación se asocia a la conmemoración de la fundación del "Conservatorio de Música del Tolima", creado en 1906 por el maestro Alberto Castilla y destaca su extraordinario aporte a la enseñanza de la cultura musical del país.
Ley 37 De 1987
La Nación se asocia a la conmemoración de la fundación del "Conservatorio de Música del Tolima", creado en 1906 por el maestro Alberto Castilla y destaca su extraordinario aporte a la enseñanza de la cultura musical del país.
A partir de la vigencia de la presente Ley, el Gobierno Nacional incluirá en el Presupuesto anual de cada vigencia una suma no menor a noventa millones de pesos ($90.000.000.00), con el objeto de que el "Conservatorio de Música del Tolima", pueda realizar sus objetivos y cumplir debidamente los programas académicos y culturales, artísticos y de extensión musical que a todos los niveles desarrolla.
A partir de 1988, la suma de que trata el presente artículo, se incrementará anualmente en un diez por ciento (10%).
Destínase la suma de trescientos millones de pesos ($300.000.000.00), como auxilio especial para la construcción de la nueva sede del Conservatorio de Música del Tolima. Esta suma se pagará, con cargo a las vigencias presupuestales de 1987 y 1988.
Para el cumplimiento oportuno de lo dispuesto en la presente Ley, queda autorizado el Gobierno Nacional para abrir los créditos necesarios y hacer los traslados indispensables en el Presupuesto Nacional de la actual y próximas vigencias.
Esta Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.