Artículo 1
Abrese al Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1.º de enero a 31 de diciembre de 1922, el siguiente crédito adicional:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Juzgado de Menores.
Ley 95 De 1922
Abrese al Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1.º de enero a 31 de diciembre de 1922, el siguiente crédito adicional:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Juzgado de Menores.
Abrese al Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1.º de enero a 31 de diciembre de 1922, el siguiente crédito adicional: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 14 Juzgado de Menores. Artículo 239. Para material del Juzgado, sueldos y alimentación de cinco Hermanas de la Caridad, según contrato, para la Casa de Corrección de Paiba, raciones de menores en esta Casa y en la de El Buen Pastor, y demás gastos $ 11,500 CAPITULO 19Gastos varios. Artículo 266 A. Para atender a los gastos que demanda el diligenciamiento en el Exterior, de los exhortos que se libran por las autoridades de la República, en el caso de que se trate de asuntos criminales 10,000 Artículo 273 A. Para atender al pago de los gastos que demanda el arreglo, encuadernación y empaste del Archivo Nacional, correspondiente a los años de 1906 a 1921. 5,000 Total $ 26,500.