Artículo 1
° El Gobierno procederá á liquidar el Banco Nacional, que quedará reducido á una Sección del Ministerio del Tesoro, con los siguientes empleados y sueldos:
1.° Un Director - Tesorero, con un sueldo de trescientos pesos mensuales ($300).
2.° Un Secretario - Tenedor de Libros y Un Cajero, cada uno con doscientos pesos mensuales, y un Escribiente con 120 pesos.