Artículo 1
1 inciso
Reconócese a la ciudad de Bolívar, Departamento del Cauca, como cuartel general de los ejércitos libertadores de la Campaña del Sur de mil ochocientos veintidós.
Ley 37 De 1971
Reconócese a la ciudad de Bolívar, Departamento del Cauca, como cuartel general de los ejércitos libertadores de la Campaña del Sur de mil ochocientos veintidós.
El Gobierno Nacional determinará y programará los actos conmemorativos que deban llevarse a cabo en la ciudad de Bolivar, departamento del Cauca, durante el año de mil novecientos setenta y dos, sesquicentenario de la campaña libertadora del Sur, y realizará un vasto programa de obras de beneficio público que auspicie y promueva el desarrollo de las comunidades del Sur del Cauca.
Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las apropiaciones, traslados y empréstitos que requiera el cumplimiento de la presente ley.
La presente ley regirá desde su promulgación.