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Ley 615 De 2000

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a los cuatrocientos cuarenta y cinco (445) años de fundación del municipio de Villeta, constituida en entidad territorial en el año de 1551 en el Gobierno de Don Alfonso de Olaya y Don Hernando de Alcocer y rinde homenaje a todos aquellos que le han dado lustre y brillo en sus cuatrocientos cuarenta y cinco (445) años.

Artículo 2

7 incisos

Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

El Presidente del honorable Sendo de la República,

Mario Uribe Escobar.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Manuel Enríquez Rosero.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Basilio Villamizar Trujillo.

Firmas

El Presidente del honorable Sendo de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Interior