Artículo 1
Créase en el Municipio de Versalles, Departamento del Valle del Cauca, un "Instituto Técnico Agropecuario", de nivel complementario y medio, con las siguientes finalidades específicas:
Preparar mano de obra para las industrias agropecuarias a un nivel comprendido entre el quinto año de enseñanza primaria y dos o tres años más, de manera que se atienda a la formación integral del alumno, a su mejoramiento cultural y a la capacitación técnica en distintas ocupaciones relacionadas con el cultivo de la tierra, la crianza de animales y las industrias que de ello puedan derivarse;
Formar expertos, técnicos, peritos y bachilleres agropecuarios;
Formar expertos técnicos y peritos en actividades como la mecánica agrícola y otras relacionadas con la explotación de los animales, como industrias lácteas, carnes y vegetales, enlatados y otros similares;
Fomentar la educación media con el implantamiento del ciclo básico de ésta;
Promover y estimular el mejoramiento de la comunidad urbana y rural, particularmente en lo relacionado con la mejor explotación agrícola y pecuaria.
El Ministerio de Educación determinará los planes y programas de estudio que deban seguirse en este Instituto, cuando se trate de actividades que no tengan reglamentación de carácter general.