Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 11 De 1912

Artículo 1

1 inciso

Honrase la memoria del señor doctor José Domingo Ospina Camacho, que, en una vida toda de integridad y patriotismo, consagro sus mejores años a la República, a la cual presto importantes servicios como sabio profesor y jurista, como legislador eminente y celoso Magistrado.

Artículo 2

1 inciso

El retrato al óleo del doctor Ospina Camacho, costeado con fondos nacionales, se colocara en el salón de sesiones del Senado de la Republica.

Artículo 3

1 inciso

Un ejemplar autógrafo de esta Ley se presentara a la familia Ospina Camacho.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno