Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 13 De 1951

Artículo 1

1 inciso

Al cumplirse quince (15) años de la fundación de la Universidad Pontificia Bolivariarta de Medellín, la Nación expresa su congratulación al Rector, Claustro y Alumnado del Ilustre Instituto, ejemplar Empresa de cultura católica y patriótica.

Artículo 2

1 inciso

Auxiliase por una sola vez a la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín, con la suma de quinientos mil pesos ($500.000.00) que se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su promulgación.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público