Artículo 1
El Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico o la Caja Agraria, según lo determine el Gobierno, procederá a estudiar todo lo relacionado con las aguas de las quebradas denominadas "Ciras", "Peñas Blancas", "Veguiteña" y "Melgarejo", cuyos cauces se encuentran localizados en veredas de la jurisdicción del Municipio de Sogamoso, Departamento de Boyaeá, con el objeto de prospectar una obra para su aprovechamiento con destino a acueducto y regadío de varias veredas ("Pedregal", "Vanegas", "Las Cañas", "Las Cintas", "Primera y Segunda Chorrera" y "Sia-tame").