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Ley 24 De 1946

Artículo 1

1 inciso

Honrase la memoria del doctor Camilo Muñoz Obando, distinguido ciudadano, ilustre jurista y patriota intachable, fallecido en la ciudad de Bogotá el día 9 de octubre de 1944, quien sirvió a Colombia con eficacia, con pulcritud y con lealtad, desde el ángulo de sus ideales politicos.

Artículo 2

1 inciso

Un retrato al óleo del prestigioso hombre público costeado con fondos nacionales, se colocará en el Salón de Sesiones del Consejo Municipal de Popayán.

Artículo 3

1 inciso

En el Cementerio Central de Bogotá levantara la Nación un monumento que guarde los restos del eminente colombiano, como homenaje a su memoria.

Artículo 4

1 inciso

El gobierno procedera a publicar, por cuenta de la Nación, la obra inédita del doctor Muñoz Obando titulada La Fianza , haciendo una edición de mil quinientos (1.500) ejemplares, por lo menos, de los cuales se entregaran mil (1.000) a la familia del autor, quedando los restantes de propiedad nacional.

Artículo 5

1 inciso

Destínase la suma de quince mil pesos ($ 15.000) para dar estricto cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 6

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional