Artículo 1
Esta Ley Regirá Desde Su Sanción
1 inciso
En seguida se indicara el número y año de esta Ley. Artículo 2°. Autorizase al Gobierno Nacional para que, en cualquier tiempo, pueda abrir los créditos y hacer los traslados presupuestales necesarios para el cumplimiento de esta Ley. Artículo 3°. Esta Ley regirá desde su sanción.